Apoyos para familiar con discapacidad

Apoyos para familiar con discapacidad

Los apoyos para familiar con discapacidad intelectual son recursos y servicios diseñados para ayudar y apoyar a las personas con discapacidades intelectuales o del desarrollo y a sus familias.

Este apoyo cubre muchas áreas para mejorar la calidad de vida de las familias y promover la independencia de las personas con discapacidad.

  • Apoyo conductual: proporciona información y recursos para prevenir o controlar problemas de conducta en personas con discapacidades.
  • Desarrollo e Independencia: Proporciona recursos para mejorar el desarrollo y la independencia de hijos e hijas con discapacidad, así como información sobre procedimientos disponibles y beneficios económicos.
  • Empleo: Proporciona información sobre recursos para ayudar a las personas con discapacidad a encontrar empleo fomentando su integración en el mercado laboral.
  • Envejecimiento: Proporciona la clave para ayudar a las personas con discapacidad a envejecer de forma saludable, adaptado a sus necesidades específicas en esta etapa de la vida.
  • Acceso a la Justicia: Proporciona información y recursos sobre el acceso a la justicia, así como claves para reformar el Código Civil para brindar protección legal a las personas con discapacidad.
  • Ocio: dotar a las personas con discapacidad de recursos para que puedan disfrutar del tiempo libre que deseen incitándolas a participar en actividades lúdicas y culturales.
  • Planificación para el futuro: proporciona orientación sobre la planificación para el futuro de la familia, teniendo en cuenta consideraciones legales, económicas y de cuidados a largo plazo.
  • Salud y bienestar: brinda consejos para mantener un estilo de vida familiar saludable que promueva el bienestar general de todos los miembros de la familia.

Este apoyo es necesario para mejorar la calidad de vida de las familias con miembros con discapacidad, satisfacer sus necesidades específicas y favorecer su integración social y su desarrollo personal.

La disponibilidad y accesibilidad de estos recursos son esenciales para el bienestar y la plena participación de las personas con discapacidad en la sociedad.

¿Cómo ayudar a un familiar con discapacidad?

  • Brinde apoyo cuando sienta que es necesario.
  • Escuche y preste atención.
  • Pídales su opinión.
  • Respeta sus decisiones.
  • Comparte con todos.
  • Anímelo a participar e interactuar con naturalidad.
  • Disfruta de buena compañía.

También se le puede ofrecer al familiar afectado una serie de ayudas:

Ayuda para el Impuesto sobre el IVA:

Esta ayuda consiste en reducir el impuesto añadido al 4%

Adquisición y adaptación de medios de transporte: Generalmente para personas con discapacidad que usan sillas de ruedas o tienen movilidad limitada.

Existen procedimientos específicos ante la autoridad fiscal:

Compra y reparación de sillas de ruedas de uso exclusivo. Para personas con discapacidad, así como instalaciones especiales para personas con movilidad reducida, el peso personal no supera los 350 kg (velocidad hasta 45 K/h en el apartamento).

Transportes:

Tarjeta especial de transporte: existen bonos o tarjetas de transporte público para personas con 33 % o 65 %.

Tarjeta dorada RENFE: las personas con discapacidad igual o superior al 33% pueden obtener esta tarjeta con validez anual.

Tarjeta especial de estacionamiento

La solicitud de esta tarjeta puede realizarse en los siguientes casos:

  • Aprobación del baremo de movilidad reducida.
  • Reducción severa de la agudeza visual.
  • Concesión excepcional de una tarjeta provisional debido a una enfermedad grave, certificada por el personal médico de los servicios públicos de salud. La validez de la Tarjeta está garantizada en todo el territorio español, asegurando la igualdad en todas las Comunidades Autónomas. Pueden solicitarla personas físicas o jurídicas que sean propietarias de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad.

Empleo:

En las convocatorias de empleo público, se reserva un mínimo del 7% de las vacantes para personas discapacitadas. Dentro de este porcentaje, el 2% está destinado a personas con discapacidad intelectual, mientras que el resto se asigna a personas con otros tipos de handicap. Se ofrece la posibilidad de solicitar adaptaciones en tiempo y medios para la realización de los exámenes.

Las personas con discapacidad igual o superior al 33% están exentas del pago de la tasa por derechos de examen en las pruebas selectivas convocadas por la Administración pública estatal. En cada comunidad autónoma o municipio, se puede contemplar también esta exención según la ley de tasas y precios públicos o las ordenanzas fiscales correspondientes.

Asignación económica por hijo o hija, o menor acogido:

La asignación económica por hijo o hija, o menor acogido a cargo, varía dependiendo de la edad y el grado de handicap:

  • Para menores de 18 años que son discapacitados en un grado igual o superior al 33%, la asignación es de 1.000 euros al año.
  • Para hijos o hijas a cargo mayores de 18 años discapacitados:
    Con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, la asignación es de 5.439,60 euros al año.
  • Con un grado de discapacidad igual o superior al 75% y necesidad de asistencia para los actos esenciales de la vida, la asignación es de 8.158,80 euros al año.

Además, hay una prestación de 1.000 euros por nacimiento o adopción de hijo o hija, aplicable a familias numerosas, monoparentales y a madres o padres con discapacidad.

Estas prestaciones forman parte de las prestaciones familiares de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, y los límites de ingresos para acceder a ellas se establecen anualmente.

Prestación farmacéutica

De acuerdo al Real Decreto-Ley 16/2012, de 20 de abril, los usuarios y sus beneficiarios no tienen que realizar aportaciones económicas cuando se trata de personas con discapacidad en los casos específicamente contemplados en la normativa correspondiente. Esto se aplica a individuos con discapacidad que reciben prestaciones económicas y sociales según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

El artículo 8 de esta normativa establece estas prestaciones para personas con discapacidad que, debido a la falta de actividad laboral, no están cubiertas por el Sistema de la Seguridad Social.

Además, deben cumplir ciertos requisitos, como no ser beneficiarios de prestaciones o ayudas similares por edad u otras circunstancias. También se excluye el acceso a prestaciones de asistencia sanitaria, incluida la farmacéutica, del régimen general o regímenes especiales de la Seguridad Social.

Están exentas del pago aquellas personas con discapacidad que reciben una pensión no contributiva, beneficiarios del ingreso mínimo vital y menores de edad con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Tarjeta Social Digital

La Tarjeta Social Digital es un sistema de información que centraliza las diversas prestaciones económicas de carácter social administradas por las entidades públicas, como el Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.

Estas prestaciones pueden ser pensiones básicas o complementarias, tanto contributivas como no contributivas, así como ayudas asistenciales y temporales como subsidios por incapacidad temporal, cuidado del menor, riesgo durante el embarazo y la lactancia, protección familiar, ingreso mínimo vital, rentas de integración, entre otras.

En resumen, abarca todas las ayudas sociales destinadas a personas o familias.

Justicia gratuita

El derecho a la Justicia Gratuita se otorga a las personas que demuestren una falta de recursos económicos. En el caso de individuos con discapacidad, este derecho se les concede si no tienen suficiente patrimonio y sus ingresos brutos no exceden el quíntuplo del IPREM anual (siempre que estén relacionados con procedimientos vinculados a circunstancias de salud o discapacidad que justifiquen esta excepción).

Además, las personas con discapacidad que requieran una protección especial tienen derecho a la Justicia Gratuita, independientemente de su situación económica, cuando sean víctimas de delitos como homicidio, lesiones, maltrato, delitos contra la libertad, contra la libertad e indemnidad sexual, y en los delitos de trata de seres humanos.

¿Quién puede solicitar medidas de apoyo a personas con discapacidad?

Este caso puede ser interpuesto por la persona con discapacidad, el ministerio público, así como por determinados familiares: el cónyuge que no esté separado legalmente o, de hecho, cualquier persona con situación de hecho equivalente, descendiente, descendiente o hermano.